Jorge Enrique Ibáñez, Presidente de la Corte Constitucional | Crédito: Colprensa
Presidente de la Corte Constitucional tendrá que rectificar señalamientos contra la madre de su hijo
Por violar los derechos al buen nombre y la honra, un juez le dio cinco días al magistrado Ibáñez para retractarse de los señalamientos contra la madre de su hijo.
Por: Valentina Giannini
Síganos en Google Discover para que se mantenga bien informado. CAMBIO, la verdad siempre
El Juzgado Doce Penal Municipal de Neiva (Huila) confirmó que el presidente de la Corte Constitucional, Jorge Enrique Ibáñez Najar, deberá rectificar públicamente varias afirmaciones que hizo en una entrevista sobre el proceso de su paternidad extramatrimonial.
La controversia comenzó con la entrevista que Ibáñez Najar concedió al medio Casa Macondo, grabada el 13 de agosto y publicada por primera vez el 16 de agosto de 2025. En esa conversación, el magistrado habló de la pérdida del expediente de un antiguo proceso judicial de paternidad en el que él había sido el demandado.
En ese caso, el demandante era su hijo, Jorge Enrique Ibáñez Robles, representado por su tío, Édgar Robles Ramírez, y el demandado era el presidente de la Corte Constitucional.
El apoderado Édgar Robles Ramírez advirtió que la entrevista había sido editada y que en ella Ibáñez habría insinuado una posible “manipulación de la prueba de ADN”, la “destrucción de un documento público”, el hecho de que la madre del joven lo habría acosado sexualmente, y que su hijo había dudado durante años de la paternidad.
%%imagen%%1
Además, cuando Casa Macondo publicó la entrevista completa el 25 de octubre de 2025, la situación empeoró, pues para la familia Robles la versión no solo reiteraba esas insinuaciones, sino que las extendía, impactando gravemente su reputación.
Tras revisar las pruebas, el Tribunal concluyó que las declaraciones del magistrado “constituyen una afrenta a la dignidad humana y afectan el buen nombre y la honra no solo de los accionantes, sino de toda su familia”.
“Las calumniosas e injuriosas manifestaciones realizadas por el entrevistado constituyen una afrenta a la dignidad humana y afectan el buen nombre y la honra no solo de los accionantes, sino de toda su familia […]. La divulgación fue masiva, se enteraron todos en su familia, amigos y algunos colegas, lo cual les causó una profunda indignación, especialmente a la señora Yolanda Inés Robles Ramírez, a quien le han arrebatado el sueño; pasa las noches en vela, sumida en un profundo dolor y presa del miedo”, dice en el fallo.
El Tribunal excluye responsabilidad del medio
Uno de los puntos centrales del fallo es que el Tribunal decide que Casa Macondo no es responsable del daño. “Casa Macondo no editorializó, no agregó calificativos y no atribuyó hechos distintos a los dichos por el propio funcionario”, explica.
Por eso determinó que “no existe nexo causal jurídicamente imputable al medio respecto del daño alegado”, y que la responsabilidad recae exclusivamente en Ibáñez Najar.
Además, el despacho añadió que, como presidente de la Corte Constitucional, Ibáñez debía conocer “el impacto mediático de sus declaraciones; la susceptibilidad de identificabilidad de terceros; la exigencia de prudencia y responsabilidad reforzada impuesta a servidores públicos; y la prohibición constitucional de usar su investidura para afectar a particulares”.
El Tribunal ordenó que Ibáñez rectifique de manera pública y por el mismo medio.
“Ordena al señor Jorge Enrique Ibáñez Najar […] que, en coordinación con el medio de comunicación Casa Macondo**, en el término de cinco (5) días se retracte y/o rectifique y presente excusas públicas** a la señora Yolanda Inés Robles Ramírez por las afirmaciones realizadas en la entrevista del 13 de agosto de 2025, específicamente en lo que concierne a los puntos I y II que fueron señalados en el acápite de peticiones del escrito de tutela. Para el cumplimiento de la orden, el pronunciamiento emitido deberá publicarse y permanecer en la página web y las cuentas de redes sociales del medio de comunicación _Casa Macondo_”, resuelve.