Los trabajadores tienen dudas sobre la suspensión del decreto que fijó el salario mínimo para 2026. Créditos: Colprensa
¿Bajará el pasaje de TransMilenio? ¿Cuánto le llegará de quincena? Y más preguntas de los trabajadores tras la suspensión del salario vital
La decisión del Consejo de Estado generó incertidumbre sobre los pagos de febrero y el futuro del aumento del 23 por ciento. Expertos responden algunas de las preguntas que se han hecho los trabajadores: ¿qué pasará con la quincena y el pago de fin de mes?, ¿qué ocurrirá con las tarifas del transporte público? y ¿qué pasará con los pagos ya realizados?
Por: Gabriela Casanova
El Consejo de Estado suspendió provisionalmente los efectos del decreto 1469 de 2025, que fijó el salario mínimo para 2026, en medio de un proceso que reúne múltiples demandas contra dicho acto administrativo. Según la decisión, el Gobierno deberá presentar, en un plazo de ocho días, un nuevo decreto que determine “un porcentaje transitorio” conforme a los criterios económicos y constitucionales vigentes.
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Para 2026, el salario mínimo legal mensual vigente en Colombia aumentó 23 por ciento, al alcanzar los 2 millones de pesos con el subsidio de transporte incluido. La medida entró en vigor el primero de enero, lo que implicó ajustes inmediatos en los salarios. Con esta decisión, los trabajadores tienen dudas sobre lo que está ocurriendo y expresan preocupación por sus pagos.
¿Por qué se pide suspender un decreto para expedir otro?
Fabio Pulido, profesor de la Facultad de Estudios Jurídicos, Políticos e Internacionales de la Universidad de La Sabana, y David Varela, profesor del Departamento de Derecho Económico de la Universidad Javeriana, explican que el decreto 1469 de 2025 debía justificar el aumento del 23 por ciento del salario mínimo con base en criterios técnicos obligatorios. Sin embargo, el Ejecutivo no habría fijado el salario bajo esos parámetros, ignorando lo que establece la norma, según señalan varias demandas interpuestas ante el Consejo de Estado. Por eso, dicen los expertos, el alto tribunal ordenó la expedición de un nuevo decreto con fundamento en los criterios económicos y constitucionales establecidos, mientras se adopta una decisión de fondo dentro del proceso.
¿El Gobierno puede volver a decretar el mismo porcentaje?
Para aclarar la situación, David Varela insiste en que la cuestión no se centra en si el Gobierno dejó muy alto el porcentaje del aumento del salario mínimo o no, sino la motivación del decreto que expidió. “El Consejo de Estado no dijo ni que era mucho ni que era poco”, dice. Por tanto, cualquier cosa podría pasar: que el Gobierno decida dejar el porcentaje tal y como está, que lo suba o lo baje, pero que esté bien motivado.
No obstante, para Fabio Pulido, aunque considera que teóricamente el Gobierno sí podría volver a fijar el mismo porcentaje con los criterios técnicos y a las exigencias de la ley, sería difícil mantenerlo si la motivación cambia.
“Lo que muestran los estudios económicos de cada una de las variables que pide la ley es que los porcentajes, siendo muy exagerados, tendrían un impacto de entre el 8 y el 10 por ciento. Al saltar de eso al 23 por ciento es una locura. Sería muy difícil justificar con criterios técnicos una subida de 23 por ciento”, explica.
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¿Qué pasará con la quincena o con el pago de final de mes?
La decisión del Consejo de Estado explica que la suspensión provisional de los efectos del decreto que fijó el salario mínimo para 2026 se hará efectiva únicamente cuando se publique el nuevo decreto, el cual determina la “cifra transitoria”. Esto quiere decir que, hasta entonces, el salario mínimo fijado para 2026 corresponderá al del decreto 1469 de 2025, que es de 2 millones de pesos.
“Hasta tanto no saquen un nuevo decreto, tienen que seguir pagando el salario mínimo fijado con la subida del 23 por ciento”, dice Pulido.
Ahora la duda es qué pasará con la quincena de febrero. Si el Gobierno decide expedir un nuevo decreto con una cifra modificada la próxima semana, la quincena de este fin de semana se pagará con el aumento del 23 por ciento.
Pero ¿qué ocurre si el decreto se emite durante el fin de semana y aún no le han pagado la quincena? Frente a esta duda, el ministro del Trabajo, Antonio Sanguino, les informó a los empresarios que paguen esta quincena con el ajuste correspondiente que rige desde el primero de enero. Esto quiere decir que el Gobierno no planea emitir el decreto este fin de semana.
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¿Y qué pasará con el pago de fin de mes? Esta es una pregunta que no se resuelve en la decisión del Consejo de Estado, pero que Pulido interpreta de la siguiente manera: “Se liquida el salario conforme a los días que usted trabajó según la norma vigente. Entonces, si alcanzan a trabajar diez días conforme a la norma vigente del 23 por ciento, esos días los pagan al 23 por ciento. Si digamos lo bajan al 15 por ciento. Los siguientes días serán al 15 y así”, explica.
Por su parte, Valera prefiere no especular sobre la decisión y recomienda esperar los ocho días: “Tenemos que esperar a saber qué decreto expide el Gobierno y con qué motivación y qué dice el Consejo de Estado respecto de eso. Creo que no podemos especular porque el Consejo de Estado no dijo al Gobierno que debe adoptar una fórmula determinada, no dio parámetros de cálculo de aumentos de salario mínimo ni de liquidación de salarios ni de prestaciones sociales”, dice.
¿Qué pasará con los pagos ya hechos?
No habrá efectos sobre las obligaciones y derechos que se calcularon con base en el valor del salario mínimo del decreto 1469 de 2025 y que fueron efectivamente causadas o pagadas antes de emitirse el nuevo decreto con cifra transitoria.
“Este es el caso de las liquidaciones y pagos, por ejemplo, de nóminas públicas y privadas, pensiones, cálculo de sanciones, multas, contratos, cuantías para determinar competencias administrativas o judiciales, tarifas, cuotas alimentarias y, en general, todo aquello que tome como referencia el valor del SMLMV”, dice la decisión del Consejo de Estado.
Esto quiere decir que, si el Gobierno impone una nueva cifra, las transacciones ya realizadas no se revertirán. Así lo dice Juan Manuel Charria, profesor de la Facultad de Ciencias Jurídicas y Políticas de la Universidad El Bosque, en un análisis publicado en la página web de la institución sobre la decisión: “No hay retroactividad. Lo que ya se pagó se pagó”.
¿Qué pasa con los empleados que no ganan el mínimo, pero les subieron el 23 por ciento?
Muchas empresas ajustaron escalas internas para mantener la competitividad y las diferencias salariales para sus colaboradores. Si un eventual nuevo decreto fija un porcentaje menor, revertir esas decisiones no puede ser automático ni unilateral.
Andrés Pardo, director ejecutivo de Estrategia Macroeconómica para América Latina de XP Investments, lo explica: “Un tema que surge importante es lo que ocurre con gente a las cuales se les hizo el ajuste salarial ya que no reciban salario mínimo, pero se hizo basado en el salario mínimo. Lo que entiendo es que a ellos les tocaría tratar de negociar con sus empleados uno a uno para hacer un nuevo ajuste”. Esto significa que, incluso si el nuevo decreto reduce el aumento, las empresas no necesariamente podrán disminuir salarios ya acordados sin consentimiento del trabajador.
César Pabón, director de Investigaciones Económicas de Corficolombiana advierte además que muchas decisiones empresariales ya fueron tomadas: “Creo que es difícil retroceder ya a los impactos, la gran mayoría de empresas ha tomado la decisión, por lo cual revertir eso lo veo muy complejo”. La consecuencia práctica es que el impacto empresarial dependerá tanto del nuevo decreto como de la capacidad jurídica y operativa de cada empresa para ajustar decisiones ya implementadas.
¿TransMilenio, Metro de Medellín y otros sistemas de transporte bajarán de precio?
En varios comunicados, la Asociación Colombiana de Ciudades Capitales (Asocapitales) ha explicado que los sistemas de transporte masivo, colectivo y estratégico de las ciudades capitales “presentan una alta intensidad en mano de obra”. Según la entidad, entre el 40 y el 55 por ciento de sus costos operativos corresponden a salarios, prestaciones sociales y aportes a la seguridad social, muchos de ellos indexados directa o indirectamente al salario mínimo legal mensual vigente (SMMLV). Por esta razón, el incremento del salario mínimo genera presión sobre las tarifas al usuario o, alternativamente, sobre los subsidios financiados con recursos municipales.
Sin embargo, que la cifra del salario mínimo aumente o disminuya dependerá únicamente del nuevo decreto que emita el Gobierno. Incluso, como señala Pulido, si se presenta una justificación sólida, es posible que la cifra no se modifique. Hasta que no se expida ese nuevo decreto, no habrá cambios en las tarifas.
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