Punto de atención de Movistar en Colombia.
Foto: Movistar
Así será la venta de la participación del Gobierno en Movistar y quiénes podrán comprar sus acciones
El Gobierno nacional puso en marcha el proceso para vender su participación del 32,5 por ciento en Colombia Telecomunicaciones S.A. (Coltel), la empresa que opera bajo la marca Movistar. El plan quedó definido en el decreto 1481 de 2025 y se desarrollará en dos etapas.
Por: Juan David Cano
El Gobierno colombiano inició su retiro definitivo de Colombia Telecomunicaciones S.A. (Coltel), la compañía que presta servicios bajo la marca Movistar en el país. La decisión quedó formalizada con la expedición del decreto 1481 del 30 de diciembre de 2025, mediante el cual se aprobó el Programa de Enajenación de la totalidad de las acciones que la nación, a través del Ministerio de Hacienda, posee en esa empresa.
La participación estatal equivale al 32,5 por ciento del capital social de Coltel, representada en más de 1.108 millones de acciones ordinarias. Se trata de una participación minoritaria que no implica control sobre la compañía.
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Con este decreto, el Ejecutivo no solo fija las reglas para la venta, sino que deja claro que la intención es enajenar la totalidad de la participación estatal, bajo los principios de publicidad, libre concurrencia y democratización de la propiedad accionaria, tal como lo exige la Constitución y la Ley 226 de 1995.
Por qué el Gobierno decidió vender
En los considerandos del decreto, el Gobierno sustenta la decisión en una línea de política pública que viene de años atrás. Documentos Conès citados en el acto administrativo señalan que el Estado debe concentrar sus recursos en actividades directamente asociadas a sus funciones sociales y no en la propiedad de activos que pueden ser gestionados por el sector privado.
En ese marco, la participación en Coltel es vista como un activo que no resulta estratégico para los fines del Estado Social de Derecho, por lo que su venta permitiría liberar recursos para destinarlos a inversión social y otras prioridades fiscales.
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La venta de las acciones no se hará de manera discrecional ni directa. El decreto 1481 adopta un Programa de Enajenación que se rige por la Ley 226 de 1995, norma que regula la privatización de participaciones estatales y que establece reglas especiales para proteger la transparencia del proceso y promover el acceso de ciertos grupos a la propiedad accionaria.
En ese sentido, el decreto aclara que este tipo de operaciones no se rige por la Ley 80 de contratación estatal, sino por un régimen especial diseñado para operaciones accionarias.
Dos etapas para vender las acciones
El programa aprobado divide la venta en dos grandes etapas, con reglas y públicos claramente diferenciados.
Primera etapa: prioridad para trabajadores y organizaciones solidarias
En la primera fase, la totalidad de las acciones del Estado será ofrecida de manera preferencial a los llamados destinatarios de condiciones especiales. Entre ellos se encuentran:
- Trabajadores activos y pensionados de Coltel.
- Extrabajadores que no hayan sido desvinculados con justa causa.
- Sindicatos, federaciones y confederaciones sindicales.
- Fondos de empleados, fondos mutuos de inversión, fondos de pensiones y cesantías.
- Cooperativas y cajas de compensación familiar.
La venta se hará mediante una oferta pública, con amplia divulgación, y tendrá una vigencia mínima de dos meses. Durante esta etapa, las acciones se ofrecerán a un precio fijo de 772,38 pesos por acción, valor que fue definido con base en estudios técnicos y avalúos financieros independientes.
El decreto también establece condiciones para facilitar la participación, como la posibilidad de usar cesantías y el acceso a líneas de crédito con plazos mínimos y períodos de gracia, siempre dentro de límites diseñados para evitar la concentración de la propiedad.
Uno de los ejes centrales del programa es la democratización de la propiedad accionaria. Por eso, el decreto impone topes estrictos sobre el número de acciones que puede adquirir cada participante en la primera etapa, en función de su patrimonio, ingresos o remuneración, según el caso.
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Además, quienes compren acciones en esta fase deberán comprometerse a no venderlas ni transferir su beneficio real durante los dos años siguientes, salvo en los casos expresamente permitidos por la ley. El incumplimiento de estas reglas puede dar lugar a sanciones económicas severas a favor de la bación.
Segunda etapa: apertura al público general
Si al finalizar la primera etapa no se venden todas las acciones, el programa prevé una segunda etapa, en la que los títulos remanentes se ofrecerán al público en general, tanto a personas naturales como jurídicas, nacionales o extranjeras.
En esta fase, el proceso podrá realizarse incluso a través de ofertas públicas de adquisición (OPA) y otros mecanismos bursátiles o extrabursátiles, según lo defina el reglamento específico que puede fijar la adquisición directamente con el Ministerio de Hacienda o incluso a través de la Bolsa de Valores de Colombia (BVC). El precio mínimo en esta etapa no podrá ser inferior al valor técnico fijado en el programa.
Es en esta segunda etapa donde podrían participar grandes actores del sector, siempre que cumplan los requisitos legales y regulatorios establecidos.
Telefónica, Millicom y la integración con Tigo y lo que significa para los usuarios
La venta de la participación estatal no ocurre en el vacío. El proceso coincide con el acuerdo anunciado por Telefónica para vender su participación mayoritaria en Coltel a Millicom, la empresa que opera en Colombia bajo la marca Tigo.
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Ese movimiento abrió la puerta a una integración entre Movistar y Tigo, operación que ya fue evaluada por la Superintendencia de Industria y Comercio. En ese escenario, la salida del Estado de la propiedad de Coltel elimina uno de los últimos elementos de participación pública directa en la empresa y facilita una reconfiguración total del accionariado.
Para los usuarios de los servicios de telecomunicaciones, el decreto no prevé cambios inmediatos en la prestación del servicio. El Gobierno subraya que la venta de la participación accionaria no afecta la continuidad de las operaciones de Coltel y la empresa resultante de la integración entre Tigo-Movistar deberá garantizar las conexiones a los ciudadanos.