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Lunes 4 de mayo de 2026
Vendedores de BonIce en una de las instalaciones de comercialización del producto. Crédito: Redes sociales.

Vendedores de BonIce en una de las instalaciones de comercialización del producto. Crédito: Redes sociales.

¿Qué pasa con los derechos laborales de vendedores de Bon Ice, Cream Helado y Vive 100? MinTrabajo le pidió explicaciones a Quala y Nutresa

Ante las denuncias por presuntas violaciones de derechos laborales, las empresas deberán responder en cinco días y aportar pruebas sobre su modelo de comercialización, o podrían enfrentar sanciones económicas.

Por: Juan David Cano

Durante años, vender un BonIce, una botella de Vive 100 o un Crem Helado en un semáforo ha sido visto como parte del paisaje cotidiano de las ciudades colombianas y una forma de sustento para muchas personas. Sin embargo, el Ministerio del Trabajo decidió mirar con más detalle qué tipo de relación existe entre esos vendedores y las empresas dueñas de las marcas que comercializan.

Esa revisión desembocó en un requerimiento formal del Ministerio del Trabajo dirigido a Quala y al Grupo Nutresa, compañías responsables de productos como Bon Ice, Vive 100 y Crem Helado, entre otros. En el documento, la autoridad laboral les pidió que expliquen su modelo de comercialización y que aporten pruebas para demostrar que no están vulnerando derechos laborales de vendedores ambulantes que, según una denuncia, pertenecen a poblaciones en condición de vulnerabilidad.

Una denuncia que el Ministerio decidió no archivar

El proceso se originó en noviembre de 2025, cuando Óscar David Benavides Angulo, abogado y exvendedor ambulante, radicó una denuncia ante el Ministerio del Trabajo. En ella sostuvo que, bajo la figura de la venta informal, existirían relaciones laborales encubiertas que permiten a grandes empresas beneficiarse de la comercialización de sus productos sin asumir obligaciones básicas como contratos, salarios dignos o afiliación a la seguridad social.

Benavides no llegó a esa conclusión desde un escritorio. Durante su adolescencia y juventud vendió varios productos como vendedor ambulante. Esa experiencia, dice, le permitió conocer de primera mano jornadas extensas, ingresos variables y ausencia total de protección social, en un esquema donde el riesgo lo asume completamente el vendedor.

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El Ministerio analizó la denuncia durante cerca de dos meses y concluyó que los hechos descritos involucran lo que la ley denomina “derechos ciertos e indiscutibles”, una categoría que obliga a la autoridad laboral a intervenir cuando hay indicios de que derechos básicos del trabajo podrían estar siendo desconocidos.

¿Qué implica el requerimiento a Quala y Nutresa?

El requerimiento enviado a las empresas no es una sanción, pero tampoco es un trámite menor. Se trata de una exigencia formal de explicación, en la que el Ministerio les otorga un plazo para pronunciarse sobre los hechos denunciados y entregar los soportes que consideren necesarios para su defensa.

En el documento, la cartera laboral advierte que la falta de respuesta o la entrega incompleta de información puede acarrear sanciones económicas de hasta 100 salarios mínimos, al considerar que obstaculiza la labor de inspección y vigilancia del Estado.

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En términos prácticos, el Ministerio busca establecer si la forma en que se organiza la venta ambulante de estos productos constituye únicamente una relación comercial informal o si, por el contrario, reúne elementos propios de una relación laboral que debería estar protegida por la ley.

El debate de fondo: informalidad o explotación

El caso pone sobre la mesa una discusión más amplia sobre los límites entre informalidad y explotación laboral. Para el denunciante, el problema no es la venta en la calle como tal, sino que grandes marcas se apoyen en ella para expandir su negocio sin asumir responsabilidades frente a quienes sostienen esa comercialización.

“Aquí no estamos hablando de favores ni de oportunidades informales, estamos hablando de personas usadas para vender marcas millonarias sin contrato, sin seguridad social y sin un salario digno. Eso es explotación laboral y no puede seguir normalizándose”, afirmó Benavides tras conocer el requerimiento del Ministerio.

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Desde esta perspectiva, el foco de la investigación no está en los vendedores, sino en el diseño del modelo empresarial y en la forma como se distribuyen los riesgos y las ganancias dentro de la cadena de comercialización.

Lo que viene ahora

Con el requerimiento ya notificado, el proceso entra en una etapa decisiva. El Ministerio del Trabajo deberá evaluar las respuestas de Quala y del Grupo Nutresa y contrastarlas con la denuncia y las pruebas recaudadas. A partir de ese análisis, la autoridad laboral decidirá si hubo vulneración de derechos laborales y si procede avanzar hacia sanciones u otras medidas administrativas.

Más allá del desenlace concreto, el caso podría convertirse en un precedente sobre la responsabilidad de las grandes empresas frente a modelos de venta informal que durante años han operado sin mayor escrutinio estatal. “Esto no es solo Quala, es un sistema que ha permitido que grandes marcas se lucren mientras miles de colombianos trabajan sin derechos. Por eso decidí denunciar”, agregó Benavides.

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