La polémica de Frisby Colombia y Frisby España continúa. Créditos: CAMBIO
¿Frisby le salió a deber a su copia? Habrían admitido demanda en España en contra de la empresa colombiana
Frisby España aseguró que la firma colombiana obtuvo un beneficio económico extraordinario a raíz de la controversia por el uso de su nombre, razón por la cual busca una compensación monetaria. Conozca los detalles.
Por: Gabriela Casanova
A través de un comunicado emitido este 13 de febrero, la polémica empresa Frisby España dio detalles sobre su batalla legal contra la marca colombiana Frisby S.A. BIC. La compañía aseguró que el Juzgado de lo Mercantil número 2 de Alicante admitió una demanda reconvencional interpuesta semanas atrás en la que formula varios reclamos contra la empresa colombiana al considerar que esta se benefició de la controversia generada el año pasado.
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Desde mayo de 2025, ambas compañías han intercambiado comunicados con señalamientos y reportes sobre el proceso judicial que se adelanta en la Unión Europea. Mientras la empresa colombiana, fundada en Pereira en 1977 y considerada un ícono del pollo frito en el país, acusa a la española de plagio, esta argumenta que una empresa sin actividad operativa en Europa, sin generación de empleo ni contribución fiscal, no debería interferir en su proyecto.
Ahora, en un nuevo capítulo en el proceso, Frisby España presentó una demanda con varias solicitudes. Una de ellas es el pago de un supuesto enriquecimiento económico extraordinario obtenido por la empresa colombiana entre mayo de 2025 y diciembre de 2025, en comparación con el mismo periodo de 2024, derivado de “la movilización comercial, mediática y nacional impulsada en su territorio doméstico”, como resultado de la polémica generada por la empresa española al utilizar el mismo nombre de la marca pereirana, un logotipo similar y pretender vender el mismo producto.
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Otra de las solicitudes es la restitución del presunto enriquecimiento patrimonial y reputacional, fruto de una narrativa pública construida sobre acusaciones de “robo”, “agresión” o “usurpación” en territorio colombiano. Y la última es la indemnización por los supuestos daños y perjuicios sufridos como resultado de “la difusión de informaciones inexactas o incompletas, que han provocado un perjuicio comercial, reputacional y económico significativo en el mercado europeo”, según Frisby España.
“Dicho incremento extraordinario de beneficios constituye un enriquecimiento indebido, al haber sido generado sobre la base de una movilización nacional construida en torno a un relato público que omitía deliberadamente elementos jurídicos esenciales, incluyendo la existencia de procedimientos en curso relativos al no uso de determinadas marcas, los registros válidamente concedidos a favor de Frisby España S.A. en la Unión Europea y otros elementos jurídicos relevantes y verificables”, dice el comunicado.
Frisby España explicó que, al no existir un cálculo definitivo del importe reclamado, solicitó al juzgado la práctica de una pericial contable especializada en valoración de empresas, así como un análisis técnico de los activos intangibles y del impacto reputacional para determinar el alcance económico. La compañía aseguró que Frisby Colombia tiene un plazo de dos meses para contestar a las alegaciones.
Frisby España, sin presencia en la web
A finales de noviembre del año pasado, el Juzgado de lo Mercantil número 2 de Alicante acordó, de manera provisional, que Frisby España no podrá abrir sus locales hasta que se resuelva el litigio, pues podría causar daños irreparables a Frisby S.A. BIC. Su decisión se dio semanas después de que la marca pereirana radicara una demanda por infracción de derechos de propiedad intelectual y comisión de actos de competencia desleal contra Frisby España, junto con la solicitud de medidas cautelares para que cese la afectación de sus derechos.
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El tribunal solicitó a Frisby España estas medidas:
- Cesar de manera inmediata el uso de la marca Frisby o signos similares, así como cualquier elemento identificativo de la marca.
- Cesar el uso del ‘Pollo Frisby’.
- Cesar los actos de competencia desleal.
- Cesar el uso de su página web y de su perfil en redes sociales.
- Bloquear el dominio y evitar cualquier tipo de transferencia a terceros.
- Prohibir la realización de nuevas campañas para la captación de inversores o franquiciados.
- Abstenerse de realizar cualquier tipo de publicidad utilizando derechos de propiedad intelectual de Frisby.
El pasado 8 de enero, Frisby interpuso un recurso de apelación ante la Audiencia Provincial de Alicante para volver a utilizar las plataformas digitales. “El procedimiento cautelar se ha resuelto sin que exista todavía una sentencia, sin valoración de fondo y basándose únicamente en una evaluación indiciaria”, dice la compañía española en una descripción en su dominio web, donde explica la suspensión.
La empresa aseguró confiar plenamente en poder reanudar su actividad con normalidad durante la primavera de 2026 y fijó una nueva fecha estimada de apertura: el primero de marzo de 2026.