General (r) Yuber Aranguren.
Foto: Captura de video
Entre el poder, el asedio y el silencio: Corte Suprema confirma condena a general que acosó a subalterna en el Ejército
La Sala de Casación Penal ratificó la responsabilidad penal del general (r) Yuber Armando Aranguren Rodríguez por acoso sexual e injuria contra una subteniente bajo su mando en Mocoa.
Por: Juan David Cano
Entre diciembre de 2017 y septiembre de 2018, la Vigésima Séptima Brigada del Ejército, con sede en Mocoa, fue el escenario de una relación marcada por la asimetría jerárquica y el acoso. Allí, según confirmó la Corte Suprema, el entonces comandante de la unidad, general en retiro Yuber Armando Aranguren Rodríguez, incurrió en conductas reiteradas de acoso sexual e injuria contra una subteniente bajo su mando.
La sentencia recoge que, desde su llegada a la brigada, la oficial fue “asediada y acosada de hecho y de palabra por su superior (…) con la pretensión de obtener favores sexuales sin su consentimiento”. Las expresiones, los tocamientos y los señalamientos públicos ocurrieron tanto en espacios privados como en reuniones oficiales y formaciones militares.
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Los actos comprobados del general Aranguren contra la subteniente acosada
La Sala dio por probados múltiples episodios. Entre ellos, comentarios de contenido sexual explícito, frases proferidas en presencia de otros oficiales y un tocamiento no consentido durante un desplazamiento en vehículo particular. En palabras del fallo, el acusado le dijo a la subteniente que “era una mamacita, que estaba muy buena, que tenía un culo muy rico, que se lo quería comer”.
También se acreditaron expresiones públicas que, según la Corte, lesionaron su honra y buen nombre, como aquella pronunciada en formación de brigada: “las mujeres no solo van por el pipí, sino que detrás del pipí va la billetera, ¿cierto Cabrera?”, dijo alguna vez refiriéndose a la subteniente.
En otra ocasión el general también le dijo que la “iba a llevar a un cerro donde queda un repetidor para que le baje el nivel de testosterona a los soldados” y cuando la subteniente le reclamó sus reiteradas actitudes el hombre respondió: “Hagamos algo, por cada grosería que yo diga usted me da un beso a ver si me quita lo grosero”.
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La credibilidad del relato y la jerarquía militar
La Corte fue enfática al afirmar que “el relato de la víctima es creíble, no solo porque ella lo haya ofrecido (…) sino por las condiciones de coherencia y seriedad en que lo rindió”. La sala añadió que algunos hechos fueron constatados por testigos presenciales y otros corroborados de manera periférica.
La sentencia subrayó además que se trataba de un general que, “valiéndose de su superioridad manifiesta derivada de esa jerarquía en el Ejército Nacional y de la autoridad, poder o mando que el cargo le defería sobre su víctima, la subteniente, la acosó, persiguió, hostigó y asedió, persistentemente y con cierta duración en el tiempo, con fines indudablemente sexuales”.
La decisión judicial y la pena contra Yuber Armando Aranguren Rodríguez
La Sala de Casación Penal negó todas las nulidades propuestas por la defensa, incluido el intento de retractación, que consideró extemporáneo. Además, confirmó la responsabilidad penal por acoso sexual e injuria y revisó la dosificación de la pena.
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Finalmente, fijó la condena en 38 meses y 27 días de prisión, junto con la inhabilidad para ejercer derechos y funciones públicas por el mismo término y la multa correspondiente, al excluir una circunstancia de mayor punibilidad en relación con el delito de acoso sexual.