Ferrocarril del Pacífico. Créditos: ANI
¿Por qué el Concesionario Ferrocarril del Pacífico S.A.S. deberá pagar más de 97.900 millones a la ANI?
Tras más de seis años de disputa, el Tribunal Administrativo de Cundinamarca confirmó que la concesión del Ferrocarril del Pacífico perdió el contrato y deberá pagar una multa cercana a 98.000 millones de pesos por incumplimiento.
Por: Gabriela Casanova
El Tribunal Administrativo de Cundinamarca confirmó la decisión de la Agencia Nacional de Infraestructura (ANI) de declarar la caducidad del contrato de concesión de Ferrocarril del Pacífico S.A.S. y la obligación de pagar una sanción por 97.969 millones de pesos a la Agencia por los perjuicios causados. La ANI había tomado esta decisión en noviembre de 2019 y comienzos de 2020, lo que llevó a la concesión a interponer una demanda contra la entidad, derivando en un proceso judicial que se extendió por más de seis años.
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El contrato de concesión 09-CONP-98 con Ferrocarril del Pacífico S.A.S. se firmó el 18 de diciembre de 1998 e inició su ejecución el 14 de marzo de 2000, con el objeto de otorgar la operación, explotación, conservación y mantenimiento del tramo Buenaventura–Zaragoza y del ramal Zarzal–La Tebaida, que forman parte de los 498 kilómetros de la red férrea del Pacífico. Su fecha de finalización estaba prevista para 2030.
Sin embargo, desde abril de 2017 la ANI evidenció graves incumplimientos relacionados con la prestación del servicio de transporte de carga, el mantenimiento y conservación de la infraestructura entregada en concesión y el mantenimiento de los equipos férreos.
Por ello, la agencia expidió una resolución en noviembre de 2019 en la que declaró la caducidad del contrato de concesión e impuso a la empresa la obligación de pagar la suma de 97.969.201.936 pesos por los perjuicios causados por dichos incumplimientos. La decisión fue confirmada por otra resolución en mayo de 2020, luego de que la empresa interpusiera un recurso de reposición. Ese año inició el proceso de reversión y liquidación del contrato.
Como respuesta, Ferrocarril del Pacífico interpuso una demanda con la intención de declarar la nulidad de las resoluciones antes mencionadas, el restablecimiento del derecho contractual y la reparación del daño derivado de la materialización de los efectos de dichos actos administrativos.
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Tras agotar las etapas procesales del caso, el tribunal, el pasado 28 de enero, con ponencia del magistrado Juan Carlos Garzón Martínez, negó las pretensiones de la empresa, validando la actuación de la ANI en el desarrollo del proceso administrativo sancionatorio.
Según un comunicado de la ANI, dicho tribunal confirmó que la agencia tenía competencia para declarar la caducidad del contrato de concesión, determinó que la entidad garantizó a Ferrocarril del Pacífico sus derechos constitucionales al debido proceso durante la actuación administrativa y ratificó que la agencia realizó un estudio adecuado de los riesgos asumidos por el concesionario en el contrato.
“Este es un logro del equipo de Defensa Judicial de la ANI, donde se confirmó la competencia de la entidad para declarar la caducidad del contrato de concesión ante el incumplimiento de las obligaciones contractuales por parte de Ferrocarril del Pacífico. En la ANI siempre estamos vigilantes de los intereses de la Nación y de todos los colombianos para que los concesionarios cumplan con sus obligaciones”, resaltó Óscar Torres Yarzagaray, presidente de la ANI.
En abril de 2025, la ANI informó que dicha empresa, como parte de su proceso de liquidación, devolvió a la Nación cuatro locomotoras: una de ellas para el corredor La Dorada–Chiriguaná; dos para el corredor Bogotá–Belencito; y otra para la Gobernación del Valle del Cauca, con el propósito de apoyar la puesta en marcha de un proyecto de tren turístico que conectará a los municipios de Palmira y Yumbo.