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Lunes 4 de mayo de 2026
La ministra de Ciencia, Yesenia Olaya Requene y el presidente de InterNexa, Saúl Kattan.

La ministra de Ciencia, Yesenia Olaya Requene y el presidente de InterNexa, Saúl Kattan.

El registro ‘exprés’ que habilitó a Internexa para participar en millonaria convocatoria del Minciencias

Internexa fue reconocido como actor del Sistema Nacional de Ciencia, Tecnología e Innovación, en un lapso inusual. Mientras la guía técnica del Minciencias establece que ese trámite puede tardar entre 90 y 120 días hábiles, la empresa obtuvo el registro en diez días y, gracias a ello, pudo participar.

Por: Sylvia Charry

El 8 de enero de este año, CAMBIO publicó las advertencias que hubo detrás del millonario contrato que está a punto de ganar la firma Internexa que por ahora es el único proponente habilitado para desarrollar un megaproyecto de infraestructura nacional para Inteligencia Artificial, que fue convocado en octubre del año pasado por el Ministerio de Ciencia, Tecnología e Innovación, descrito por el propio Ejecutivo como el más ambicioso de la historia reciente del país en materia científica y tecnológica. 

Entre las alertas consignadas hubo una que resultaba determinante: según los requisitos de la convocatoria, el proponente debía contar con reconocimiento vigente como actor del Sistema Nacional de Ciencia, Tecnología e Innovación (SNCTI), un requisito habilitante sin el cual no era posible participar como ejecutor del proyecto. Al momento de la revisión periodística, Internexa no figuraba en el listado público de actores reconocidos del SNCTI, disponible en las plataformas oficiales del Ministerio de Ciencia, Tecnología e Innovación.

Esa ausencia no pasó inadvertida para otros participantes del proceso. Juan Pablo Estrada, que representa los intereses de la Fundación Tecnalia Colombia, uno de los proponentes de la Alianza Red Colombia Inteligente, le dijo entonces a CAMBIO que la empresa no aparecía registrada como actor del sistema, pese a que esa condición era exigida de manera expresa. Para Estrada, ese vacío no sólo comprometía la legalidad de la habilitación, sino que obligaba a la entidad convocante a explicar cómo un proponente podía avanzar en el proceso sin cumplir un requisito estructural.

En el momento de la publicación y los cuestionamientos que se hicieron públicamente, la convocatoria había avanzado con tiempos ajustados, decisiones técnicas discutidas y la exclusión progresiva de otros oferentes, hasta dejar a Internexa como el único proponente habilitado. En ese escenario, el requisito del SNCTI se convirtió en una pieza clave: no se trataba de un trámite accesorio, sino de la condición que define quién puede —y quién no— ejecutar recursos públicos de ciencia, tecnología e innovación.

Ese fue el punto de partida de las advertencias. Lo que no se conocía entonces era cómo y cuándo Internexa logró cumplir ese requisito.

La respuesta llegó semanas después y cambió el eje de la discusión. En un oficio del 20 de enero de 2026, conocido por CAMBIO, el Ministerio de Ciencia, Tecnología e Innovación le informó a Juan Pablo Estrada, en su calidad de apoderado de una de las fundaciones proponentes, que Internexa S.A. sí cuenta con reconocimiento vigente como actor del Sistema Nacional de Ciencia, Tecnología e Innovación (SNCTI), en la categoría de Centro de Innovación y Productividad. Ese reconocimiento, precisó el Ministerio, fue otorgado mediante la Resolución 0947 del 17 de septiembre de 2025.

El mismo documento oficial detalla cómo se produjo ese registro. Según el Ministerio, Internexa presentó la solicitud de reconocimiento el 3 de septiembre de 2025, a través del formulario en línea del Sistema Integrado de Gestión de Proyectos (SIGP). La petición fue evaluada por el Comité Viceministerial de Conocimiento, Innovación y Productividad, que aprobó el reconocimiento el 16 de septiembre de 2025, tal como consta en el Acta No. 68 de 2025.

Entre una fecha y otra transcurrieron trece días calendario, equivalentes a diez días hábiles.

El dato resulta clave porque contrasta de manera directa con las reglas fijadas por el propio Ministerio. La Guía Técnica para el Reconocimiento de Centros de Innovación y Productividad, documento oficial que regula ese trámite, establece que el proceso de reconocimiento tiene una duración estimada de 90 a 120 días hábiles, contados desde la radicación completa de la solicitud, y que el tiempo puede variar según la complejidad del caso. La guía describe un procedimiento que incluye varias etapas: autoevaluación por parte de la entidad solicitante, verificación de requisitos, elaboración de un informe técnico, decisión del comité y expedición del acto administrativo.

En términos simples, el Ministerio prevé que ese proceso tome entre tres y cuatro meses. Es decir, si da un mínimo de 90 días, es porque, normalmente, es un trámite demorado. En el caso de Internexa, todo ocurrió en dos semanas.

Sobre el tema, Estrada le dijo a CAMBIO que “la respuesta del Ministerio solo confirma las serias dudas sobre la transparencia del proceso. Una habilitación exprés a Internexa, por fuera de todos los plazos que ellos mismos estiman para ese trámite, para que pudiera ofertar. Un argumento más para demandar la actuación de los organismos de control y para las demandas contra el proceso, que parece que tenía adjudicatario desde antes de empezar”.

Ese registro exprés no es un detalle menor. El reconocimiento como actor del SNCTI es el requisito habilitante que permite a una entidad actuar como proponente y ejecutora de proyectos financiados con recursos públicos de ciencia, tecnología e innovación. Sin esa resolución vigente, Internexa no habría podido participar en la convocatoria. Con ella, quedó habilitada y avanzó en un proceso que terminó dejando a la empresa como el único proponente que superó la fase de requisitos.

En su respuesta, el Ministerio sostiene que el trámite se adelantó conforme a los términos de referencia y que el reconocimiento estaba vigente al momento del cierre de la convocatoria. Sin embargo, el documento no explica por qué el proceso se resolvió en un lapso sustancialmente inferior al previsto en la guía técnica, ni si ese mismo tratamiento —en tiempos y priorización— se aplica de manera uniforme a otras organizaciones que buscan ingresar al SNCTI. Con estos tiempos, cualquiera que quisiera ser proponente en el ministerio podría apelar a ese lapso.

Ese hecho es una de las piezas que permite entender cómo la empresa cumplió el requisito habilitante en el momento justo para seguir en carrera en una convocatoria que, hasta hoy, la mantiene como única aspirante a un contrato de 630.000 millones de pesos.

El Ministerio sostiene que el procedimiento se ajustó a los términos de referencia y que el reconocimiento estaba vigente al momento del cierre del proceso. Sin embargo, los documentos oficiales dejan abierto un interrogante que va más allá del cumplimiento formal: si todos los actores del sistema enfrentan los mismos tiempos, filtros y cargas administrativas, o si, en este caso, hubo una excepcionalidad que terminó siendo decisiva para el desenlace de la convocatoria.

Ese es uno de los puntos que hoy están en el radar de los órganos de control. La Procuraduría General de la Nación adelanta una revisión del proceso, en un contexto marcado por las advertencias previas, la concentración del resultado en un solo proponente y ahora la confirmación de un trámite exprés para cumplir un requisito habilitante central. No se trata solo de un debate técnico sobre plazos administrativos, sino de una pregunta de fondo sobre igualdad de condiciones, transparencia y selección objetiva en uno de los proyectos estratégicos más ambiciosos del Gobierno. Mientras esa revisión avanza, la convocatoria sigue su curso con un solo actor en competencia.

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