Saltar a contenido
Lunes 4 de mayo de 2026
Paola Meneses Mosquera, presidenta de la Corte Constitucional. Foto: Corte Constitucional.

Paola Meneses Mosquera, presidenta de la Corte Constitucional. Foto: Corte Constitucional.

“Los ciudadanos pueden estar tranquilos, tienen una Corte que falla en derecho”: presidenta de la Corte Constitucional

CAMBIO habló con la presidenta de la Corte Constitucional sobre las relaciones con el Gobierno de Petro y la nueva facultad de suspender decretos legislativos. ¿Se trata de un superpoder? La magistrada Paola Meneses responde.

Por: Alejandra Bonilla Mora

La magistrada Paola Meneses Mosquera es la nueva presidenta de la Corte Constitucional. Conservadora y cercana al expresidente Iván Duque, la jurista reemplaza en la vocería al magistrado Jorge Enrique Ibáñez, quien protagonizó varios choques con el presidente Gustavo Petro en 2025 y que también, cuando fue necesario, salió a defender la autonomía y la independencia judicial. 

Meneses asume el cargo en un momento político álgido y días después de que la Sala Plena reinterpretara sus competencias y entendiera que sí tiene la facultad de suspender decretos legislativos, como los de Estado de Excepción, figura que estrenaron con la emergencia económica que decretó Petro a finales de 2025. CAMBIO habló con la jurista.

CAMBIO: Magistrada, recibe la presidencia en un momento coyuntural complejo. ¿Qué significa para usted llegar en este momento a esta posición? 

Paola Meneses: Muchas gracias por este espacio, llego a la Corte muy orgullosa y feliz de estar ungida con el voto de confianza de mis ocho colegas. En la Corte Constitucional tenemos una costumbre de que, por antigüedad, y al ser nueve magistrados, todos ocupemos la presidencia. Sin embargo, eso está precedido de una votación y estoy complacida de ver a mis compañeros rodeándome. En relación con la otra parte de la pregunta: Colombia es un país que siempre ha estado sometido, en toda nuestra historia, a retos, a dificultades, a desavenencias. Lo importante es que la Constitución Política está por encima de cualquier coyuntura.

Así, la Corte Constitucional está llamada a continuar fallando en derecho, a continuar protegiendo la Constitución y, con ello, ese equilibrio de poderes que es lo que hace posible que funcione nuestro Estado Social y Democrático de derecho. Entonces, con independencia de cualquier reto o particularidad que esté viviendo el país, siempre la Constitución ha de ser el faro de actuación, no solo de la Corte, sino de todos los colombianos.

CAMBIO: ¿Qué podemos esperar de su presidencia y de un liderazgo femenino de la Corte Constitucional?

P.M.: Esa pregunta me agrada mucho porque, además, es la segunda vez en la historia que presidenta y vicepresidenta somos mujeres. La primera ocasión fue con las doctoras Cristina Pardo y Diana Fajardo. Ahora, la doctora Natalia Ángel y yo hacemos un gran equipo y somos conscientes de la responsabilidad y el reto que asumimos. Además del asunto del control de constitucionalidad (la revisión a leyes y decreto), que es lo que nos tiene hablando todo el tiempo, esta presidencia también va a resaltar la parte de protección de derechos fundamentales y de expansión de derechos que es la segunda función que tiene la Corte Constitucional. En la selección y la revisión de tutelas nosotros cambiamos la vida de las personas.

Además de continuar con los programas que tiene la Corte desde hace muchos años en temas de niños, niñas y adolescentes, en temas de comunidades étnicas, en temas de ir a los territorios, vamos a trabajar mucho en ese tema de protección de derechos fundamentales para que vuelva a estar en una suerte de equilibrio porque hemos tenido como el foco muy puesto en el control de constitucionalidad, que insisto, es tremendamente importante, pero lo otro es igual de importante. 

CAMBIO: ¿Cómo lee usted la relación actual entre el Gobierno y la Corte?

P.M.: Desde que existe la Corte Constitucional, se han presentado situaciones particulares en donde son protagonistas el presidente de turno y la Corte Constitucional. Yo ahí le digo: la Corte Constitucional es totalmente respetuosa de las competencias de las otras ramas del poder público y así mismo defiende con vehemencia las competencias que han sido asignadas a la Corte.

El trabajo de la Corte, así como el trabajo de las otras ramas del poder público, tiene que darse siempre en el equilibrio de poderes y en el respeto de las competencias de cada uno. 

CAMBIO: En este momento pareciera que la Corte está muy metida en una coyuntura política. ¿Comparte esa percepción?

P.M.: La Corte Constitucional es una corporación judicial, no es una corporación de tinte político. ¿En dónde está la legitimidad de la Corte? En que sus decisiones se ejercen en derecho. Otra cosa es que nosotros tengamos una conformación plural, que somos nueve magistrados pensando en el país y nueve magistrados que podemos tener visiones distintas de las cosas, formaciones distintas. ¿Eso qué garantiza? Que al final estamos de alguna manera defendiendo una Constitución de un país que es diverso. Pero nuestra Corte Constitucional no es política.

CAMBIO: ¿A qué cree que se debe esa percepción?

P.M.: Pues no sé si exista esa percepción. Como le digo: en los debates de la Sala Plena y en las decisiones se puede ver perfectamente cómo se decide y se decide en absoluto derecho, con opiniones diversas, pero en derecho.

CAMBIO:  En el pasado se han dado choques por la forma como el presidente de la república reacciona a las decisiones que no le gustan, por como la Corte, de manera colegiada o de manera independiente se defiende de esas afirmaciones. Obviamente está la necesidad de respetar la autonomía y la independencia judicial y en medio de eso quedan las decisiones judiciales que usted menciona. Hay un vaivén que no le sirve a nadie. ¿Cómo salimos de ahí?

P.M.: Yo tengo que ser insistente: la legitimidad de la Corte Constitucional está dada por los fallos que profiere en derecho. La legitimidad de la Corte está ahí. Los ciudadanos tienen que estar tranquilos de saber que tienen una Corte sólida que falla en derecho, con independencia de lo que esté ocurriendo en otros sectores o de qué está ocurriendo en el país. La Corte Constitucional solamente emite las decisiones que corresponden, nosotros somos jueces de la república, luego nosotros no podemos participar en política y estamos obligados por una Constitución que nos establece que nuestra obligación es fallar en derecho y con absoluta independencia.

CAMBIO: La Corte tomó la decisión de ejercer este control preventivo –así le estoy llamando a esta facultad de suspensión provisional de decretos legislativos– y lo estrenaron con la emergencia económica. No le voy a preguntar en detalle del caso concreto porque sé que no me puede responder, pero sí hay una discusión jurídica importante entre expertos que estiman que la Corte se abrogó una competencia que no tenía señalada expresamente en la Constitución. 

P.M.: Lo que le puedo responder es que cualquier opinión jurídica es absolutamente respetable. Siempre puede haber distintas visiones de los temas y toda opinión jurídica es respetable. Ahora, la Corte Constitucional venía analizando ese tema desde hace un tiempo. Este análisis de poder entender jurisprudencialmente que exista una herramienta, que no se use solamente ahora, sino que quede en adelante para ejercer un control de constitucionalidad más omnicomprensivo de lo que dice el artículo cuarto de la Constitución, es un análisis que viene revisándose desde más o menos el año 2022 a partir de unos casos que surgieron.

En el año 2023, la Corte decanta esa posibilidad y, como siempre, con argumentos jurídicos, pero, además, con unas circunstancias o unos requisitos especialísimos y específicos, la Corte dejó esa herramienta. No le voy a hablar del decreto puntual, pero lo que sí le puedo decir es que cuando se analizó la solicitud de suspensión, la Sala Plena consideró que se daban por satisfechos estos requisitos que la Corte había establecido. Es una herramienta que queda en el ordenamiento jurídico.

La Sala Plena consideró que se daban por satisfechos estos requisitos que la Corte había establecido. (para suspender el decreto de emergencia). Es una herramienta que queda en el ordenamiento jurídico.

CAMBIO: ¿Es un superpoder?

P.M.: No, es una competencia. Mire, le voy a decir algo. La Corte Constitucional, entre otras cosas, ha sido reconocida por apostarle a la protección de los derechos y a ser eficiente en las funciones que tiene. Le voy a poner un ejemplo: la figura de los Estados de Cosas Inconstitucionales. Esa figura ha sido admirada en el mundo entero, un esquema que ha sido reproducido en muchos países. ¿Cómo se construyó? Cuando una Corte encuentra que hay una vulneración sistemática de derechos fundamentales dice: 'tengo que hacer algo, no puedo permanecer inerte a lo que estoy observando'. Entonces, jurisprudencialmente, lo crea. Ese es un ejemplo de lo que estoy diciendo

CAMBIO: Esta facultad exige también una especie de autorregulación. Estamos esperando el auto de la decisión de suspender la emergencia. ¿Podría explicar en qué condiciones específicas se va a usar esta facultad o cuáles son los criterios que se fijaron para ello? 

P.M.: Hay dos temas a tener en cuenta. Uno, el auto 272 del año 2023 sobre la procedencia de esta suspensión que es excepcional, por supuesto. Pero le digo lo siguiente, en este caso la ponencia de solicitud de suspensión era del magistrado Carlos Camargo. El debate en la Sala Plena llevó a que tuviéramos una discusión con muchos argumentos importantes y de complemento. Las decisiones en la Corte al final terminan siendo construidas colectivamente. Quisimos que en este caso los seis magistrados que estuvimos de acuerdo y que compartimos esa visión, pudiéramos participar efectivamente en la construcción del auto. 

Estamos trabajando arduamente para que, en la medida de lo posible, podamos tener el auto la próxima semana. Y ahí ustedes podrán revisar. 

CAMBIO: Se nos acaba el tiempo, pero quisiera preguntarle sobre un tema clave: la crisis de la salud. Desde 2008 se hace seguimiento a una sentencia que emitió órdenes estructurales y hemos visto cómo pasan los gobiernos y la situación no cambia. Es un tema de voluntad, de fallas institucionales. ¿Qué nos puede decir?

P.M.: Esta Sala de Seguimiento es una figura que ha permitido a la Corte poder llamar la atención sobre temas y poder incidir para tratar de superar las situaciones o los inconvenientes de que se trate. Esta sala sigue trabajando.  Aquí hay tres magistrados encargados que siguen trabajando en eso. Le quiero contar que estamos en un incremento de tutelas por temas asociados a la salud. Estamos recibiendo 5.000 diarias y eso representa un incremento importante desde el año pasado hasta ahora y está asociada en su mayoría a los temas de salud. Entonces, también tenemos otro punto para revisar, pero lo que le dije al comienzo, cada competencia es de cada uno.

Finalización del artículo