Uso y abuso de la emergencia económica
La nueva emergencia económica decretada por el Gobierno Petro es justificada y necesaria a los ojos de un lego en la materia. A diferencia de la anterior, que suspendió con sólidos argumentos la Corte Constitucional por no existir hechos sobrevinientes que la justificaran, en este caso las inundaciones en Córdoba, Sucre y otros seis departamentos de la costa Atlántica sí constituyen un hecho sobreviniente grave que requiere medidas extraordinarias para enfrentarlo. Sin embargo, hay que estar atentos para que no se abuse del estado de excepción.
Emergencias justificadas y no justificadas
La diferencia es clave para entender por qué la anterior emergencia fue rechazada y la última debe ser aprobada. El requisito que impone el artículo 215 de la Constitución para declararla es que “_sobrevengan hecho que perturben o amenacen perturbar en forma grave e inminente el orden económico, social o ecológico del país, o que constituyan grave calamidad pública_”.
Es evidente que el deterioro de las finanzas públicas y el aumento del déficit fiscal, que el Gobierno adujo como argumentos para la anterior emergencia, no solo no era un hecho sobreviniente sino que además fue generado por el mismo Gobierno al presentar un presupuesto desfinanciado. Tampoco tenía ninguna justificación pretender adoptar con facultades de emergencia propuestas tributarias que ya habían sido negadas por el Congreso.
En esta ocasión, por el contrario, sí es evidente que los habitantes de los ocho departamentos afectados enfrentan un verdadero desastre por las torrenciales lluvias en una temporada que tradicionalmente es seca. Son contundentes los datos que presenta el decreto de emergencia e impactantes las imágenes que se ven en los noticieros de hectáreas inundadas, familias afectadas, viviendas arrasadas e infraestructura vial y de comunicaciones destruida. Es una catástrofe humanitaria, social y económica similar a la del 2010 cuando el Gobierno de Santos declaró una emergencia que enfrentar otra inusual emporada invernal, y la Corte debe reconocerlo así. Hasta ahí, todo bien.
No meter ‘micos’ en la emergencia
El riesgo está en que el Gobierno quiera usar un justificado estado de excepción para tratar de solucionar otros problemas que no se originan en las inundaciones, o para recaudar recursos más allá de los necesarios para atender la calamidad invernal. En otras palabras, para meterle ‘micos’ a la emergencia.
En el decreto de declaratoria ya aparece un primer ‘mico’ al mezclar los graves problemas financieros del servicio de energía eléctrica en la costa con el desastre invernal. Se afirma en los considerandos del decreto que “_existe un riesgo sistémico latente en el Mercado de Energía Mayorista (MEM) por efecto de las obligaciones financieras insolutas por las empresas de la región caribe que atienden usuarios del sistema interconectado y que han sido intervenidas por la Superintendencia de Servicios Públicos Domiciliarios, el cual se ha agudizado de manera ostensible por los fenómenos climáticos referidos en el presente Decreto_”.
Sin embargo, según el mismo decreto, este riesgo sistémico había sido informado por el operador del mercado eléctrico desde noviembre de 2025, es decir antes de la temporada invernal, y no hay en el decreto ningún argumento ni hecho que muestre la relación entre los dos problemas, ni siquiera una cuantificación que muestre que proporción de los usuarios de las empresas distribuidoras de la región caribe han sido afectados por las inundaciones. Pretender utilizar recursos recaudados al amparo de la emergencia para atender este problema real, constituye una clara desviación de recursos.
De otra parte, está el tema de los 8 billones de pesos que aspira recoger el Gobierno con nuevos impuestos de la emergencia, según declaraciones del propio ministro de Hacienda. Acá el ‘mico’ puede ser el destino de esos recursos, porque a pesar del gran detalle de las afectaciones por el invierno no hay ninguna cifra del monto de dinero necesario para atenderlas, ni del uso que se daría a los nuevos tributos, ni tampoco de otras fuentes que se podrían utilizar como hizo el Gobierno Santos con ayudas internacionales o créditos externos.
Si lo que se requiere para atender a los damnificados es menos de los 8 billones, entonces ¿el Gobierno devolvería el excedente a los contribuyentes? ¿o lo usaría para fines distintos a los que motivaron la emergencia? Lo que no es posible es tratar de solucionar el problema de la desfinanciación de presupuesto de 2026 con recursos obtenidos al amparo de una emergencia, pues esto fue lo que ya negó la Corte Constitucional
El uso de un instrumento tan poderoso la emergencia económica se justifica en las circunstancias actuales, pero hay que evitar el abuso de estas facultades.
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ADENDA: la decisión del Consejo de Estado de suspender el decreto que fijo el salario mínimo con un exagerado aumento de 23 por ciento es muy clara y contundente en demostrar que la medida del Gobierno fue contraria a la ley y por eso hay que modificarla. Pero el daño económico ya está hecho, aunque sus efectos sobre la inflación y el desempleo apenas se empiezan a notar, y es muy difícil echarla para atrás. Y políticamente es el mejor impulso que pueden tener los candidatos oficiales en esta campaña electoral.